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Declaración de la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) sobre la sustitución de médicos por otros profesionales sanitarios

Reitera la necesidad de que se cumpla la Ley, se preserve nuestro Sistema Nacional de Salud y se respete el liderazgo clínico del médico como garante de los derechos de los pacientes.

Ante las informaciones publicadas sobre las medidas propuestas por algunas comunidades autónomas para intentar paliar la falta de médicos sustituyéndoles por personal de enfermería, la Asamblea del CGCOM, reunida en Madrid con fecha 6 y 7 de septiembre de 2019, manifiesta:

  1. El CGCOM siempre ha defendido el trabajo multidisciplinar y una atención integral, y colaborativa, pero no se puede admitir que, ante la falta de médicos, la solución que se propone desde algunos servicios autonómicos de salud sea sustituir médicos por personal de enfermería.
  2. Las profesiones tituladas, reguladas, colegiadas y con reserva de actividad como la profesión médica, tienen un régimen de garantías y su propia justificación en un ejercicio competente, de calidad y con plena seguridad en atención al interés público y la seguridad de los pacientes.
  3. Como condición para acceder al ejercicio de la Medicina se hace necesaria la protección del título con el fin de impedir el acceso al ejercicio a personas no cualificadas. Las administraciones sanitarias son las primeras que deben de velar por ello y para que se cumpla la legislación vigente, tanto en España como en Europa.
  4. La falta de médicos con la titulación requerida no puede ser justificación para su sustitución por otros profesionales sanitarios ni tan siquiera con carácter de excepcionalidad ni de manera transitoria, pues, de llevarse a cabo, sería ilegal, generaría inequidad social y pondría en riesgo la seguridad de los pacientes.
  5. Con medidas como ésta se ignora la alta capacitación adquirida a lo largo de un mínimo de 10 años en la formación de grado y especialidad, de la que se deriva la responsabilidad de la profesión médica sobre la salud de la población.
  6. Ante situaciones de necesidad, en especial para plazas de difícil cobertura, el CGCOM solicita a las Administraciones Sanitarias la adopción de medidas de incentivación y fidelización.
  7. El CGCOM lleva años alertando de los problemas derivados de las decisiones adoptadas por razones exclusivamente economicistas, la falta de planificación de recursos humanos, la falta de reposición ante las jubilaciones, la precariedad en el empleo, y la ausencia de estímulos laborales, económicos y profesionales que han generado una fuga de talento a otros países y una dificultad creciente en cubrir diversos puntos asistenciales.
  8. Tanto desde el CGCOM como desde las diferentes Organizaciones Médicas de ámbito internacional, en las que está integrada la corporación médica española, entre ellas, principalmente, la Unión Europea de Médicos Generalistas/de Familia (UEMO), la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS) y la propia Asociación Médica Mundial (AMM), venimos defendiendo la asistencia sanitaria de alta calidad que brindan los equipos multidisciplinares de profesionales sanitarios, cada uno de los cuales hace su contribución para la mejor atención al paciente.
  9. Todas las organizaciones médicas defienden y promueven el necesario papel de liderazgo clínico que deben ejercer los médicos como únicos responsables de la prevención, diagnóstico clínico, tratamiento, terapéutica y rehabilitación de los pacientes para la coordinación de la atención multidisciplinar. En todos los países europeos, los médicos son el eje central de la asistencia sanitaria y confiamos en que las administraciones públicas sigan garantizando una asistencia de calidad, respetando los ámbitos competenciales legales y los muy relevantes espacios específicos de los diferentes profesionales sanitarios.*
  10. El CGCOM, en su función de ordenación y regulación de la profesión médica, defenderá en todas las instancias la competencia profesional del médico, su liderazgo clínico asistencial y, sobre todo, la mejor asistencia posible para nuestros ciudadanos.

*TSJ Sentencia nº 334 P.O. 149-2018

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