Fekra

NOTICIAS

image description

El Gobierno regulará la reubicación por motivos de salud en el SNS-O.

Así se recoge en un proyecto de Decreto Foral aprobado hoy por el Ejecutivo foral, que será remitido al Consejo de Navarra

El Gobierno regulará la reubicación por motivos de salud del personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O), según se recoge en un proyecto de Decreto Foral aprobado en su sesión de hoy por el Ejecutivo foral, que será remitido al Consejo de Navarra. Previamente, en reunión de la Mesa Sectorial de Negociación de los organismos autónomos adscritos al Departamento de Salud, se obtuvo la conformidad de la mayoría de la representación sindical a este proyecto.

Hasta ahora, las reubicaciones las decidía un acuerdo del Comité de Seguridad y Salud del SNS-O, lo que suponía una diferencia con el resto de la Administración Foral, en que la regulación de esta materia se realiza mediante decreto foral. Por ello, esta nueva normativa supone un gran avance en seguridad jurídica y claridad en la regulación.

Cabe indicar que el pasado año 2017 se realizaron 37 procesos de reubicación, sobre un total de 59 solicitudes.

Contenido de la nueva regulación

Una de las novedades es el establecimiento de un plazo máximo de cuatro meses de tramitación del procedimiento de reubicación. Además, se indica expresamente que la reubicación no supondrá un menoscabo de las retribuciones que venía percibiendo el trabajador o trabajadora.

Por otro lado, al igual que en el procedimiento anterior, se da carácter prioritario sobre cualquier otro procedimiento de provisión de plazas, y se mantienen los ámbitos de reubicación que ya se contemplaban, previendo también la existencia de un ámbito general (todo el SNS-O), para los supuestos en los que no sea posible la reubicación dentro del mismo ámbito.

Además, cabe resaltar que se establece la prioridad de reubicación en las plazas vacantes que estén sin cubrir, pensando en evitar en la medida de lo posible el fin de contratos con causa en la reubicación. Por otro lado, esta norma se fija también en las garantías necesarias para el personal, y por ello hace una mención expresa a que los cambios de jornada que pueda conllevar la reubicación se deberán hacer respetando siempre la normativa vigente en materia de conciliación de la vida laboral y familiar del personal.

Finalmente, cabe indicar que se establece un procedimiento de reubicación especial para casos de urgencia.

Dejar Comentario

Social media & sharing icons powered by UltimatelySocial
Facebook
Twitter
YouTube
LinkedIn