Preguntas frecuentes Oficina de cooperación
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1.- ¿Por qué solicitar el certificado de idoneidad?
La Fundación recomienda a los profesionales médicos que viajen con el Certificado de Idoneidad Profesional, documento necesario para ejercer la profesión en España, garante de su competencia profesional que certifica que el médico no tiene sanciones disciplinarias en su colegio de médicos.
Este certificado se expide basándose en los datos facilitados por el Colegio Oficial de Médicos de la provincia a la que pertenece el profesional médico y tiene una validez de tres meses. Recomendamos que los médicos cooperantes soliciten este certificado para poder presentarlo en aquellos países o situaciones en que les sea solicitado.
Los países donde nuestros profesionales intervienen con proyectos de desarrollo, salud en emergencias y/o ayuda humanitaria tienen su propia legislación y profesionales médicos y son muchas las circunstancias en las que nuestros médicos pueden necesitar acreditar su idoneidad profesional. No es un certificado obligatorio pero si recomendable ante las diversas situaciones que se pueden dar en terreno.
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2.- ¿Cómo solicitar el certificado de idoneidad y cuánto tiempo tarda?, ¿Qué coste supone?
El Certificado de Idoneidad Profesional no tiene ningún coste y está disponible en aproximadamente una semana desde su solicitud.
Pasos a seguir:
- Solicite el Certificado de Idoneidad Profesional en el que conste que no tiene sanciones disciplinarias en su colegio de médicos.
- Informe a su colegio de que va a trabajar como médico cooperante.
- Regístrese en el Registro Nacional de Médicos Cooperantes a través de nuestro formulario para acceder a nuestras prestaciones e información de interés.
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3.- ¿Qué es el Registro Nacional de Médicos Cooperantes y/o Voluntarios?, ¿Por qué es importante registrarse?
El incremento de profesionales médicos que trabajan en proyectos y/o organizaciones de desarrollo, la creciente demanda de profesionalización del sector y la solicitud cada vez mayor, por parte del colectivo médico, de prestaciones y servicios para el mejor desarrollo de su labor, han llevado a la Fundación Red de Colegios Médicos Solidarios a la puesta en marcha de un registro de ámbito nacional que recoja la situación del colectivo, vele por sus derechos y dé respuesta a sus inquietudes y/o necesidades de formación, asesoramiento y demás prestaciones.
El objetivo de este registro es conocer la realidad de los nuestros profesionales médicos cooperantes y voluntarios, y avanzar en programas y prestaciones que den respuesta a sus necesidades reales de formación, asistencia, asesoramiento, defensa de sus derechos, representación y apoyo institucional entre otras. Además permitirá establecer un sistema de trabajo en red, entre los Colegios de Médicos, las organizaciones de desarrollo y el profesional médico al servicio de la sociedad y de la comunidad internacional.
El registro está disponible a través de la página web de la Fundación Red de Colegios Médicos Solidarios.
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4.- ¿Qué recomendaciones se dan desde la Fundación a los profesionales médicos que van a formar parte de programas de cooperación para el desarrollo?
La Fundación recomienda, en primer lugar, que el médico viaje informado, conozca sus derechos y deberes como profesional, y los exija a su organización. Es importante que el médico conozca el contexto de trabajo en el que va a desarrollar su labor, consulte las recomendaciones de cada país que da el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y que cuente con una formación adecuada según su intervención en el programa.
Recomendamos, asimismo, que viajen con un Certificado de Idoneidad Profesional, que se tramita a través de sus colegios médicos.
Desde la Fundación, solicitamos a los médicos que se registren en el Registro Nacional de Médicos Cooperantes y Voluntarios como profesionales en activo. De esta forma podemos trabajar en prestaciones en función de las necesidades detectadas.
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5.- ¿Qué es la Fundación Red de Colegios Médicos Solidarios? ¿Qué relación tiene con los Colegios de Médicos?
Durante los últimos años se ha detectado una participación e interés cada vez mayor de la comunidad médica, por los programas de cooperación a través de los colegios médicos, las organizaciones de desarrollo e instituciones especializadas.
Con el fin de dar respuesta a las necesidades detectadas en el ámbito de la cooperación médico-sanitaria para el desarrollo el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España y los 52 Colegios Médicos crearon en 2010 la Fundación Red de Colegios Médicos Solidarios.
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6.- ¿A quién va dirigida la Fundación? ¿Cuál es su función?
La Fundación está dirigida a la comunidad médica, las organizaciones de desarrollo con programas de cooperación médico-sanitaria y la sociedad general e indirectamente a las poblaciones beneficiarias, en los países en desarrollo, de la intervención de nuestros profesionales médicos.
La Fundación tiene, en líneas generales los siguientes objetivos:
- Establecimiento de una plataforma de trabajo, consulta e intercambio de información para los profesionales médicos y las organizaciones de desarrollo de ámbito médico-sanitario.
- Establecimiento de una plataforma de apoyo y asesoramiento para el médico cooperante y voluntario, y desarrollo de prestaciones que favorezcan el ejercicio de su labor según las necesidades detectadas a través del Registro Nacional de Médicos Cooperantes y Voluntarios.
- Desarrollo de programas de formación especializada dirigidos a los profesionales médicos, en los distintos ámbitos que sean identificados como necesarios, para asegurar una formación integral y multidisciplinar, que dé respuesta a sus necesidades.
- Desarrollo de programas de cooperación médico-sanitaria en países en desarrollo, directamente o a través de organizaciones de desarrollo.
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7.- ¿Cuál es el compromiso de la Profesión Médica en cooperación para el desarrollo, salud en emergencias y/o ayuda humanitaria?
Desde hace muchos años hay un fuerte compromiso de la comunidad médica por el derecho a la salud. En la actualidad más del 50% de los Colegios de Médicos tiene alguna línea de trabajo en este sentido, en algunos casos se coordina desde una oficina de cooperación y en otros casos a través de secciones colegiales o áreas de cooperación.
En 2011, como se recogió en la memoria anual, se apoyaron más de 50 proyectos en 23 países, fundamentalmente localizados en África, Latino América, Asia y Oriente Próximo, de manos de 40 organizaciones de desarrollo especializadas.
La Organización Médica Colegial, a través de los colegios de médicos de España y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, destinó en 2011 más de 267.000 euros a proyectos de cooperación médico -sanitaria como campañas de educación en salud, proyectos de fortalecimiento de los sistemas públicos de salud en países en desarrollo, proyectos de mejora de la asistencia médica y de las infraestructuras sanitarias locales, dotación de material e instrumental médico a centros de salud, programas de capacitación y formación de profesionales de salud local, expediciones y comisiones quirúrgicas, así como el desarrollo de programas de atención médica en emergencias y ayuda humanitaria entre otras.
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8.- ¿Qué derechos y deberes tenemos como profesionales?
Los profesionales médicos que participan en proyectos de cooperación para el desarrollo, salud en emergencias y/o ayuda humanitaria pueden ser voluntarios o cooperantes, actores con diferencias marcadas según están contempladas en la legislación actual. El cooperante se rige por el Real Decreto 519/2006 El Estatuto de los Cooperantes, mientras que el voluntario no.
Según la ley, los cooperantes participan en la ejecución, sobre el terreno, de un determinado instrumento de cooperación internacional para el desarrollo o de ayuda humanitaria en cualquiera de sus fases, en un país o territorio beneficiario de la política de ayuda al desarrollo, parte de la acción exterior del Estado y tienen una relación jurídica con una persona o entidad promotora de la cooperación para el desarrollo o la acción humanitaria, que cumple los requisitos contemplados en el artículo 32 de la Ley 23/1998, de 7 de julio de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y esté debidamente inscrita en el correspondiente registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional, regulado mediante el Real Decreto 993/1999, de 11 de junio.
La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, también contempla la figura del voluntariado al servicio de la cooperación para el desarrollo. Esta figura está vinculada a la organización en la que presten sus servicios por medio de un contrato no laboral y su actividad no está regulada por el Estatuto de los cooperantes sino por la LEY 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado.