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Seguridad del Paciente

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SEGURIDAD DEL PACIENTE – PÍLDORA DE DEONTOLOGÍA MÉDICA

Nota de prensa

Seguridad del Paciente

El nuevo Código de Deontología Médica dedica, por primera vez, un capítulo a la seguridad del paciente.

Dra. María Victoria Barcos: “el médico, en todos sus actos, debe dar prioridad a la seguridad y bienestar del paciente”.

El capítulo X del nuevo Código de Deontología Médica está dedicado a la seguridad del paciente y comienza subrayando que “el médico, en todos sus actos médicos, debe dar prioridad a la seguridad y bienestar del paciente”.

La Dra. María Victoria Barcos, vocal de la Comisión de Deontología del Colegio de Médicos de Navarra explica en esta #PíldoraDeDeontologíaMédica cómo “después de un largo proceso de elaboración, deliberación y aprobación, la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) aprobó, en diciembre de 2022, la cuarta actualización del Código de Deontología Médica en el que por primera vez se dedica un capítulo (el décimo) a la seguridad del paciente”.

En el vídeo dedicado a la seguridad del paciente, la Dra. Barcos explica que la ciencia moderna sobre seguridad comenzó a desarrollarse entre los años 60 y 70 del pasado siglo, “en el ámbito de los accidentes industriales, momento en el que se empezaron a identificar ciertos problemas como fruto del error humano”.

El salto cualitativo al mundo sanitario tuvo lugar con la publicación del histórico informe “Errar es humano” (Err is human) del Instituto de Medicina americano (IOM), en noviembre de 1999. “En él se estimaba –argumenta la Dra. Barcos- que en EEUU se producían 98.000 muertes prevenibles al año debidas a errores médicos. Esta preocupación por la seguridad del paciente no era nueva; ya en los años 80 relevantes investigadores del Reino Unido habían publicado sobre los accidentes médicos. Sin embargo, el informe americano tuvo tal repercusión que se considera el inicio del movimiento para la seguridad del paciente”.

Alianza Mundial para la Seguridad del Paciente

Otro de los hitos más relevantes fue, según la Dra. Barcos, la fundación en el año 2004 de la “Alianza Mundial para la Seguridad del Paciente” de la Organización Mundial de la Salud (World Alliance for Patient Safety) con los objetivos de desarrollar estándares para la seguridad del paciente y ayudar a los países a mejorar la seguridad de su asistencia sanitaria. “En mayo de 2006 esta Alianza estableció específicamente el área de Pacientes por la Seguridad del Paciente (Patients for Patient Safety) como una de sus seis áreas estratégicas. Esta iniciativa tuvo su punto de arranque en el encuentro de pacientes celebrado en noviembre de 2005 y culminó con la Declaración de Londres, en la que los firmantes se comprometieron a colaborar en la consecución de una atención sanitaria más segura”.

En España, el Ministerio de Sanidad trabaja desde 2007 con asociaciones de pacientes y consumidores en esta estrategia de “Pacientes por la Seguridad del Paciente”.

¿Qué dice el Código sobre la seguridad del paciente?

El nuevo Código de Deontología Médica, en su artículo 40, especifica que “el médico debe negarse, por razones éticas y deontológicas, a exigencias que, provenientes de superiores jerárquicos, puedan afectar a la seguridad del paciente”. Añade que “debe poner en conocimiento de sus superiores jerárquicos y de los responsables de la seguridad en el ámbito sanitario aquellas situaciones de riesgo potencial para el paciente derivadas del equipamiento médico, de los profesionales sanitarios o de cualquier otra circunstancia”.

En su artículo 44, el Código obliga al médico a estar vacunado “a fin de limitar la transmisión a los pacientes y salvo que haya razones que justifiquen no hacerlo”. Añade que es su responsabilidad “utilizar las medidas preventivas y necesarias contra aquellas enfermedades transmisibles de mayor prevalencia e incidencia” y que debe colaborar con diligencia en todas aquellas cuestiones relativas a la salud pública que sean demandadas por las autoridades sanitarias.

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