Sobre la jubilación de los médicos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en 2019.
Nota informativa de la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos de Navarra.
- Médicos que cotizan a la Seguridad Social
Jubilación ordinaria por edad en 2019:
- Tener cumplidos 65 años si se tienen cotizados 36 años y 9 meses o más.
- Tener cumplidos 65 años y 8 meses, con menos tiempo cotizado.
- Un mínimo de 15 años cotizados, de los que dos dentro de los últimos 15.
Jubilación anticipada en 2019:
- Tener cumplidos 63 años si se tienen cotizados 36 años y 9 meses.
- Tener cumplidos 63 años y 8 meses, con menos tiempo cotizado.
- Al menos 2 años cotizados en los últimos 15.
- En función de los años cotizados se aplica coeficiente reductores de la pensión que pueden alcanzar hasta un 8% por año.
Límites en el señalamiento inicial de la pensión: Según el Real Decreto-
Ley 28/2018, de 28 de diciembre, será de 2.659,41 € mensuales en 14 pagas; 37.231,74 € por año (a cuyo importe se aplica la correspondiente retención de IRPF).
Es decir, aunque por la cotización a lo largo de toda la vida laboral correspondiera una pensión superior, no puede percibirse más del importe señalado.
Compatibilidad entre pensión de jubilación y ejercicio de la profesión:
- Con el trabajo del pensionista a tiempo parcial, en cuyo caso se minorará el percibo de la pensión en proporción inversa a la reducción aplicable a la jornada de trabajo del pensionista en relación con la de un trabajador a tiempo completo comparable.
- Con el trabajo por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el salario mínimo interprofesional, en cómputo anual.
- Envejecimiento activo: La reducción de hasta el 50% de la pensión es compatible con el trabajo del pensionista por cuenta propia o ajena.
- Médicos que cotizan a los Montepíos (de la Diputación Foral y de la Administración Local)
Tras la entrada en vigor de la Ley Foral 7/2019, de 18 de febrero, se les aplica la misma normativa que a los médicos que cotizan a la Seguridad Social.
- Jubilación forzosa y prórroga del servicio activo en 2019
La disposición adicional 17ª de los Presupuestos Generales de Navarra para 2019 prorrogan la imposibilidad de prórroga en el servicio activo y jubilación forzosa a la edad determinada en la normativa de Seguridad Social, con las siguientes excepciones:
- No haber completado el periodo de carencia para generar derecho a pensión.
- No haber alcanzado los años de cotización para percibir la pensión íntegra.
- Supuesto de necesidades de servicio y falta de profesionales, siempre que la lista de contratación de la respectiva especialidad se encuentre abierta; es decir que no haya médicos aspirantes disponibles en la lista correspondiente.
En tal caso la prolongación se realizará por un año, prorrogable si se mantiene las condiciones del otorgamiento, y con el límite de 70 años de edad.
Mariano Benac Urroz. Asesoría Jurídica.
Pamplona, a nueve de abril de dos mil diecinueve.