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Las Organizaciones médicas colegiales de España y Portugal firman la “Declaración Madrid” sobre pseudoterapias y pseudociencias.

En la Declaración recomiendan que sean expresamente prohibidas y excluidas de cualquier circuito sanitario y se reconozcan, a todos los efectos, como prácticas que atentan contra la salud pública y la seguridad de los pacientes.

Los máximos representantes de la Ordem dos Medicos de Portugal y del Consejo General de Colegios de Médicos de España (CGCOM) han elaborado una declaración conjunta sobre pseudoterapias y pseudociencias, firmada el 21 de enero en Madrid.

Las máximas organizaciones médicas de España y Portugal quieren advertir de la creciente proliferación de casos de pacientes en situaciones críticas por el uso de las pseudoterapias, e inciden en la gran confusión que reina entre la ciudadanía sobre lo que es medicina basada en el conocimiento, evidencia científica y tratamientos validados por la comunidad científica, y aquello que no cumple con dichos criterios.

Partiendo de estos argumentos la Ordem dos Medicos de Portugal y el Consejo General de Colegios de Médicos de España han firmado la “Declaración Madrid” sobre pseudociencias y pseudoterapias.

Declaración

Reunidos en Madrid, España, los representantes de la Ordem dos Medicos de Portugal y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, hemos analizado un tema tan relevante como las pseudoterapias (falsas terapias)/pseudociencias, desde una perspectiva del profesionalismo médico, ya que existe una creciente proliferación de casos de pacientes en situaciones críticas por el uso de las mismas, y además existe entre la ciudadanía y los pacientes una gran confusión sobre lo que es medicina basada en el conocimiento y la evidencia científica y tratamientos validados por la comunidad científica y aquello que no cumple con dichos criterios.

La profesión médica europea debe responder con contundencia ante este tipo de malas prácticas pero también han de hacerlo desde otras profesiones y desde las administraciones competentes que disponen de legislación suficiente para actuar contra las mismas, ya que son absolutamente detestables y perjudiciales para la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y pacientes.

Entendemos por pseudoterapia (falsa terapia), toda aquella oferta de cura de enfermedades o alivio de síntomas o mejora de las salud, utilizando procedimientos , técnicas , productos , remedios o sustancias basadas en creencias o criterios  que no disponen del respaldo de la evidencia científica disponible en la actualidad, ni han sido validados en su eficacia, efectividad, calidad y seguridad mediante el método científico convencional, presentándose falsamente como científicas (pseudociencia / falsa ciencia).

Por lo expuesto, y como forma de impulsar una medicina de calidad, una adecuada atención para los ciudadanos de nuestros países y la legítima defensa de la profesión médica, declaramos y recomendamos lo siguiente:

1.-Los Sistemas de Salud Europeos están basados en la Medicina Científica convencional; en el ámbito sanitario es muy importante preservar las diferentes legislaciones y Sistemas nacionales, ya que son una de las riquezas de Europa.

2.- El acto propio de la profesión médica es todo aquel acto lícito que realiza el profesional titulado médico para la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, mediante la utilización del método científico experimental propio del arte médico formal que se imparte en las facultades de medicina y el manejo de medicamentos, técnicas, productos, y procedimientos disponibles basados en la mejor evidencia y evaluados con criterios de eficacia, efectividad, calidad, eficiencia y seguridad.

3.- Teniendo en cuenta que las pseudoterapias y pseudociencias, ofrecidas por sanitarios y no sanitarios constituyen una oferta terapéutica sin el apoyo científico necesario para avalar su validez ni utilidad, presentándose ante la sociedad con falsa apariencia científica y pretendida finalidad sanitaria, los actos de divulgación y utilización de las mismas han de ser denunciados por constituir un fraude sanitario. Todas ellas han de ser expresamente prohibidas y excluidas de cualquier circuito sanitario y consideradas, a todos los efectos, como prácticas que atentan contra la salud pública y la seguridad de los pacientes.

4.- El intrusismo en medicina tiene connotaciones especiales por afectar directamente a la salud de las personas y, por lo tanto, por poner en riesgo un bien de interés público.

Las Administraciones sanitarias y las organizaciones profesionales reguladas y colegiadas, en tanto que les vienen atribuidas legalmente funciones de protección de la salud de los ciudadanos y de velar porque la prestación de los servicios de salud sean adecuados y ajustados a la normativa deontológica y profesional, tienen su responsabilidad en la protección de la salud y la seguridad en la atención médica y por consiguiente en evitar y combatir el intrusismo profesional denunciando expresamente y  persiguiendo  judicialmente a aquellos que lo ejerzan.

5.-Todo médico tiene la obligación de informar adecuadamente al paciente de que las pseudoterapias y pseudociencias no son una especialidad dentro de la medicina y, por lo tanto, las formas de capacitación certificada dentro de estas áreas no constituyen una capacitación especializada reconocida por la comunidad científica ni legalmente en la mayoría de los países.

6.- La profesión médica europea necesita profundizar en aspectos como la relación médico–paciente, la comunicación personal y social, la confianza mutua y la humanización de la asistencia sanitaria centrada en la persona, con respeto a las decisiones y autonomía del paciente, para evitar su desviación hacia las pseudociencias y pseudoterapias.

7.- Una definición actual y más amplia de la “Seguridad en la Atención a los pacientes“ incluye: el aumento de las posibilidades del paciente de recibir una atención adecuada y basada en la evidencia. Cualquier obstáculo al acceso a este tipo de atención puede considerarse como una pérdida de oportunidad y, por tanto, como un posible fallo del sistema de salud, que debe ser abordado y corregido. Es responsabilidad de las Administraciones de los Estados pero también de las Corporaciones profesionales, Sociedades Científicas y Asociaciones de Pacientes, implicarse en tal cometido.

8.-Las organizaciones médicas colegiales de Europa, así como las administraciones públicas, medios de comunicación, sociedades científicas, asociaciones de pacientes y representantes políticos tenemos una gran responsabilidad en informar, educar en verdadera ciencia, pero también denunciar las actividades de este universo paracientífico tan dañino.

9.- La publicidad en el ámbito de la salud ha de ser objetiva, veraz y sin propagar conceptos infundados, engañosos o no basados en la mejor evidencia.

Especial atención normativa merece la publicidad, programas divulgativos y las páginas web con contenidos informativos sanitarios y de salud, por ello es necesario establecer mecanismos de confianza respaldados y acreditados por la Administración, considerando la oportunidad de definir las competencias de participación y colaboración de los Colegios profesionales en materia publicitaria y de contenidos.

10.- Solicitamos a nuestros representantes políticos legislar para combatir tanto las pseudoterapias y pseudociencias como los actos o movimientos que las promueven y salvaguardar la salud pública y la seguridad de los pacientes y que se promueva, a través de las autoridades competentes,  un mayor control y vigilancia sobre centros y personas que no estén oficialmente acreditados y publicitan falsas actividades preventivas y curativas impulsando campañas de sensibilización y formación para los ciudadanos y pacientes con el objeto de evitar posibles fraudes y manipulaciones pseudocientíficas.

El compromiso de las Corporaciones profesionales Médicas firmantes de la presente Declaración es firme y decidido.

 

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