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El primer BOE del año publica la Guía para la indicación, uso y autorización de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de enfermeros/as: fiebre.

En el grupo de trabajo de revisores previsto por el RD 94/2015 participan representantes del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.

El pasado 3 de enero el Boletín Oficial del Estado ha publicado la guía de indicación enfermera relativa a la fiebre. El documento fue aprobado en la Comisión Permanente de Farmacia en el pasado mes de octubre.

Los autores del documento inicial son Facultativos Especialistas de áreas asistenciales del dolor, cuidados intensivos, y urgencias junto a enfermería y farmacia.

El documento final  tal y como regula el RD 94/2015 fue posteriormente revisado y consensuado por el grupo de trabajo del ministerio de sanidad, dentro de la comisión permanente de farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, constituido por representantes del Ministerio de Sanidad y de los Sistemas Sanitarios de las Comunidades Autónomas, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, las Mutualidades de Funcionarios del Estado, el Cuerpo de Sanidad Militar de la Defensa, el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería.

Para el Dr. Tomás Cobo, presidente de la OMC, a partir de ésta guía se podrán elaborar protocolos que refuercen, promuevan y agilicen el trabajo multidisciplinar que se realiza en el ámbito asistencial de Atención Primaria y Urgencias. Constituye la herramienta básica que facilitara la elaboración de protocolos específicos para cada centro de salud y servicios de urgencias, siempre con la previa validación y el liderazgo clínico del médico, único responsable del diagnóstico y de las consecuencias del tratamiento del paciente.

Tal y como se recoge en el BOE, los contenidos descritos en esta guía pretenden «ser una ayuda a los profesionales para mejorar los resultados en salud de las personas que atienden, a través de una atención sanitaria integral, segura, colaborativa, de calidad, basada en la evidencia y centrada en la persona», y se busca garantizar la continuidad asistencial.

Asimismo, cabe destacar que los criterios para la selección de la guía han sido la incidencia o prevalencia de las situaciones clínicas que abordan, la garantía de seguridad clínica en la aplicación de las guías y el valor añadido que pueda aportar un abordaje precoz, equitativo y colaborativo de los síntomas y situaciones de salud a los que estas guías se refieren.

El texto pone de manifiesto que la actuación enfermera que describe esta guía se circunscribe al manejo farmacológico de la fiebre como síntoma, siempre con la valoración médica y la aplicación de las medidas que la situación clínica que el paciente precise.

Este documento, el primero publicado en 2024, es la base que establece el marco de referencia de los enfermeros para la realización de actuaciones relacionadas con la medicación durante el seguimiento colaborativo en determinados tratamientos individualizados en personas con fiebre mediante el uso de protocolos de actuación o guías asistenciales consensuados de manera multidisciplinar. «Con estas actuaciones se colabora en la consecución del objetivo terapéutico de mejorar o resolver este síntoma y a prevenir futuras complicaciones», se recoge en el BOE.

Finalmente, desde la OMC se subraya que estos medicamentos pueden ser indicados por profesionales de enfermería, pero siempre que se haga bajo la supervisión de un facultativo prescriptor: Médico, Dentista o Podólogo.

 

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